Como ya se sabe, el modelo 720 es un formulario que se debe cumplimentar y presentar en Hacienda para declarar sobre los bienes y derechos que las personas nacionales tienen en el extranjero. La obligación de declarar la tienen todos aquellos españoles que tienen invertidos más de 50.000 euros en el extranjero, una cantidad que incluye cuentas, depósitos, bienes e inmuebles y acciones, hasta el 31 de diciembre de 2018.
En el caso de que el contribuyente ya hubiera presentado este modelo en 2017, no estará obligado a una nueva declaración por los mismos bienes si el valor total de los mismos no se ha incrementado por encima de los 20.000 euros.
En definitiva, aquellos que tienen que presentar el modelo 720 son los que tienen cuenta en Degiro y otros brokers, cuyo domicilio esté localizado en el extranjero y no tengan sede en el territorio español, los depósitos en cualquier país extranjero, los fondos de inversión depositados en cualquier entidad extranjera o los que tengan una vivienda en otro país.
Teniendo en cuenta estas circunstancias, si no se presenta el modelo 720 en tiempo y forma, el Gobierno español podría sancionar al inversor con hasta 100 euros por dato no declarado, con un mínimo de 1.500 euros por declarar fuera de plazo, y con 5.000 euros por dato, con un mínimo de 10.000 euros, por no declarar o declarar de forma errónea.
Estas sanciones pueden incrementarse con un recargo del 20% sobre la cuota del IRPF por aquellos bienes que se declaran. En este caso, Hacienda lo imputará en la renta como una ganancia patrimonial no declarada.
Una vez que sabemos quiénes tienen que realizar esta declaración y a qué sanciones nos arriesgamos por no realizarla o no cumplimentarla a tiempo, solo queda saber cómo se rellena.Cómo rellenar el modelo 720
A continuación, se va a proporcionar información y consejos para que se pueda rellenar el modelo 720 sin complicaciones. El primer dato es que este modelo solo es posible realizarlo, para que tenga validez, por vía online, es decir, con un ordenador y acceso a internet. Esto no impide que se ponga a disposición de aquellas personas obligadas a tributar un programa de ayuda. Este programa tiene como objetivo, por un lado, facilitar los ficheros y su adecuada transmisión y, por otro, facilitar su cumplimentación.Pasos para cumplimentar correctamente el modelo 720
El primer paso que debe dar el contribuyente es ingresar en la web de la Agencia Tributaria y seleccionar el modelo 720, Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. El siguiente paso será transmitir la declaración correspondiente con la firma electrónica que se genera al seleccionar el certificado, que con anterioridad se ha debido instalar en el navegador apropiado.
El proceso continuará, si la declaración es aceptada. Entonces la Agencia Tributaria mostrará en la pantalla los datos de registro de tipo 1, que serán validados con un código de 16 caracteres con fecha y hora de presentación, lo que lo hace bastante seguro.
El tercer paso será conservar la declaración, una vez aceptada, tanto el modelo 720 como el registro tipo 1 que se ha debido validar correctamente con su código seguro de verificación. Seguidamente, la Agencia Tributaria realizará de forma telemática el proceso de validación de los datos que han sido suministrados por el declarante. Durante este proceso, se realizará una comprobación de las características de la información, corroborando que los datos se ajustan realmente a las especificaciones que se establecieron en el acuerdo con los diseños físicos y lógicos.
¿Cuándo se presenta el modelo 720?
Esta declaración informativa sobre los bienes y derechos que se encuentran ubicados en el extranjero tiene la fecha de presentación entre los días 1 de enero y el 31 de marzo, del año siguiente al ejercicio presentado, es decir, el modelo 720 del año 2019 se presentará durante los meses de enero, febrero y marzo del 2020.
Se abre una excepción para todos aquellos que presenten causas de alegación por carácter técnico por las cuales no han podido presentar dicho modelo vía online en el periodo establecido. En estos casos, se podrá realizar la entrega en un plazo de tres días naturales siguientes al fin del plazo establecido legalmente.